POLÍTICA Y PLAN PARA LA INCLUSIÓN PLENA DE LA ETNIA NEGRA  PANAMEÑA


I. ANTECEDENTES:

El Estado nación de Panamá se convierte en una entidad pública internacional independiente en 1903, pero existen registros de más de quinientos años de historia y actividad humana en el Istmo de Panamá, desde la presencia natural de los Pueblos Indígenas, la colonización del imperio español, la independencia de España y la anexión voluntaria a la Gran  Colombia, en aras de ideal bolivariano, hasta la consolidación e inicio de la etapa Republicana.

Afropanameños, panameños de la etnia negra, el segmento poblacional objeto de este Plan de Inclusión, son los descendientes y herederos de más de quinientos años de presencia Africana en el Istmo de Panamá en distintas épocas, bajo distintos sistemas y modelos socio económicos.

Los Afropanameños provienen de un legado histórico de participación en varios sistemas, actividades y modelos de desarrollo que sobreviven hasta nuestros días; los cuales incluyen  recolección de frutos, cultivo de las parcelas familiares, producción artesanal rudimentaria, comercio local, desarrollo industrial incipiente y de escala para la exportación, comercio internacional, la plataforma industrial de servicios de transporte, los servicios financieros internacionales y locales, el socialismo sectorial étnico (en el caso de los pueblos indígenas y palenques africanos), esquemas coloniales (el proceso europeo y el escenificado en la Zona del Canal, durante y luego de la construcción del Canal de Panamá), en distintos momentos históricos, el primero antes de la República,  el segundo con la República)  y el modelo capitalista o economía de mercado. 

Sin embargo, la compleja realidad panameña, y latinoamericana, demuestra la coexistencia de formaciones sociales en un sistema económico con distintos grados y niveles de desarrollo desigual.   Este desarrollo, como parte de esta herencia tiene saldos mixtos: un rico legado cultural, mega proyectos construidos, participación de la construcción de una sociedad que crece y se fortalece; y, por el otro lado, un legado de persecución, esclavismo, trasiego trasatlántico de esclavos, racismo, explotación, sangre derramada, exclusión e invisibilización, que ha sobrevivido el pueblo afrodescendiente.

El desarrollo desigual ha contribuido a que afro-descendientes y pueblos indígenas del istmo no hayan tenido, en los quinientos años, la oportunidad de diseñar por sí mismos un camino a seguir, conforme a sus intereses y según sus capacidades y potencialidades; cada vez los intereses supranacionales se imponían con experiencias mixtas.

Panamá, en el siglo XXI revela un resultado general desigual de desarrollo.  Con sólo 2.8 millones de habitantes, un alarmante 40% de la población tiene tales niveles de exclusión que se encuentran en condiciones de pobreza y un 27% no puede cubrir sus necesidades mínimas para la vida digna de un ser humano, ya que están en extrema pobreza.

En los últimos años del siglo XX, se inició un proceso, a nivel internacional, de actividades lideradas por la Organización de las Naciones Unidas para atender, visibilizar, denunciar, aprobar acciones para erradicar la Discriminación Racial, el Racismo, la Xenofobia  y otras formas conexas de intolerancias (Conferencia de Durban, Sur África- en el 2001). 

Panamá es signataria de la Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y de convenios y tratados sobre Derechos Humanos; entre ellos la Declaración del Milenio y los Objetivos y Metas de Desarrollo del Milenio, incluyendo la reducción de los niveles de pobreza a la mitad para el año 2015.

Estas ambiciosas metas podrán ser alcanzadas por Panamá, si se adoptan políticas y acciones a nivel de Estado dirigidos a la plena inclusión de los panameños tradicionalmente excluidos como los de la Etnia Negra.

Esta Comisión aporta las siguientes acciones y temas como el trabajo fundamental de la entidad de Estado para lograr la implementación de políticas, planes, proyectos y programas que permiten el desarrollo humano y la oportunidad de participación de los afropanameños en todos los niveles, para lograr el desarrollo sostenible al igual que la reducción efectiva de la pobreza en línea con las Metas del Milenio.

Los ciudadanos de la Etnia Negra en Panamá hemos sido afectados, adversamente, por los factores de exclusión, establecidos de forma consciente e inconsciente, expresados con actitudes y acciones para negarles la oportunidad de participar plenamente, en igualdad de condiciones, en las actividades de desarrollo.

Esta exclusión ha sido condenada, denunciada, combatida y repudiada nacional e internacionalmente por ser contrario a la moral; y, por ser causa de condiciones de pobreza y pobreza extrema. 


II.    POLÍTICA GUBERNAMENTAL PARA LA INCLUSIÓN PLENA 
      DE LA ETNIA NEGRA PANAMEÑA

El Estado panameño, soberano e independiente, reconoce que los afropanameños tienen más de quinientos años de presencia en el Istmo de Panamá y son parte integral de la nación panameña.  Este hecho será visibilizado por el Estado al igual que su contribución con un criterio de especificidad, garantizando que a través de acciones concretas, este segmento poblacional, podrá tener un desarrollo sostenible efectivo y la oportunidad de participar en el ejercicio pleno de sus derechos políticos, económicos, sociales y culturales.  

El Estado Panameño condena enérgicamente la discriminación racial, el racismo, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia.  De manera particular declara como intolerable y repudiable tales prácticas contra su población de la Etnia Negra,  tanto en el pasado, el presente o el futuro.

El Estado panameño se compromete a tomar las acciones necesarias, para erradicar todas las manifestaciones de discriminación racial de su territorio, con el fin de salvaguardar los derechos humanos de todos sus habitantes sin distingos de etnia, raza, género o posición social y contribuir al desarrollo humano pleno de los afrodescendientes con el fin de propiciar la realización del potencial nacional.


III.    PLAN DE ACCION

El Estado Panameño implementará y desarrollará el Plan de Acción que permitirá garantizar la participación de la población afropanameña con igualdad y equidad, en los procesos de desarrollo de la sociedad y del país, según lo establece la "Declaración y Programa de Acción de la III Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial y las Formas Conexas de Intolerancia", realizada en Durban y aprobada por los Estados miembros de las Naciones Unidas, entre ellos Panamá.

REDUCCIÓN DE LA POBREZA Y PROMOCIÓN DEL DESARROLLO

1.El Estado, en consulta con los organismos de la sociedad civil, implementará y dará seguimiento a los planes, proyectos y programas de desarrollo sostenible en las comunidades afropanameñas.  Los compromisos que ha adquirido o que adquiera el Estado sobre desarrollo económico mediante tratados, convenios o acuerdos internacionales, que beneficien el interés nacional, podrán  formar parte de este Plan de acción.
2.Creará, por ley, el Fideicomiso Nacional Afropanameño para la inclusión y el Desarrollo Sostenible, con un aporte inicial del Estado de 15 millones, para garantizar el financiamiento de la implementación de los planes sectoriales, estratégicos, proyectos y programas de manera continua, ininterrumpida y sostenida.  Los fondos internacionales, dirigidos a los Afrodescendientes, serán depositados en este fideicomiso para financiar, con los intereses y un máximo de 30% del capital, dichos planes, proyectos y programas de inclusión y desarrollo sostenible. Será una exigencia la rendición anual de cuentas.
3.Reconocerá, por Decreto, que la Constitución Política de 1941 discriminó institucionalmente a los Afropanameños; hecho que tuvo un impacto devastador estructural e institucionalmente.  Este acto será acompañado de una reparación de toda forma de discriminación, exclusión o racismo, de acuerdo a los acuerdos internacionales; por lo tanto, el Estado se compromete a invertir, de manera específica, a partir de la instalación de esta entidad, no menos del 3 % de su presupuesto nacional para financiar planes, proyectos  y  programas dirigidos a los Afropanameños.
4.Incluirá, a partir de la instalación de esta entidad, en la Agenda de Estado de los próximos cincuenta años las propuestas de los Afropanameñ@s en materia de desarrollo económico, social político y cultural.
5.Promoverá y elaborará el diseño de planes, proyectos y programas de desarrollo regionales y comunitarios, consultando a líderes y organismos comunitarios, utilizando como consultores a los especialistas afropanameños con el objetivo de garantizar  resultados efectivos y medibles a corto, mediano y largo plazo, en beneficio de la comunidad en general.
6.Desarrollará la LEY DE BENEFICIOS A LOS DESCENDIENTES DE LOS EXCAVADORES DEL CANAL para reconocer y apoyar mediante un Fideicomiso, las necesidades de desarrollo de ésta masa humana de afropanameños que no han recibido beneficios de la obra de sus antecesores.  Ésta Ley, apoyada con un porcentaje de los ingresos de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), deberá incluir oportunidades de capacitación, becas, empleo, préstamos blandos de vivienda, etc.  Igualmente, deberá fortalecer sus comunidades localizados en el área canalera y fuera de ella, especialmente las construidas por el gobierno norteamericano durante su administración de la franja canalera.
7.Realizará un diagnóstico sobre la situación de la población afropanameña, pero también de manera particular de la situación de los jóvenes afropanameños, de la niñez y de las mujeres. Para esto se revisará los indicadores de pobreza en cuanto a su concepto, presentando la información estadística, desagregándola por sexo y raza/etnia., afín de visibilizar la real situación de los afropanameños.
8.Apoyará el fortalecimiento a las micro, medianas y pequeñas empresas de  Afropanameñ@s, así como los planes, programas y proyectos de desarrollo económico en comunidades Afropanameñas.
9.Fomentará y apoyará  las iniciativas de desarrollo (turísticos, eco turísticos, turismo cultural) de las comunidades y organizaciones afropanameñas.

PROPIEDAD DE TIERRAS

1.Garantizará que la distribución de tierra venga acompañada de desarrollo sustentable, saneamiento básico, agua potable, escuela, servicio de salud a acuerdos de cooperación técnica para el desarrollo de su agricultura (plantío, colecta, re-comercialización).
2.Garantizará la participación de las poblaciones afropanameños en la adopción de las decisiones que les afectan en particular, aquellos vinculados con proyectos de explotación de la madera y otros recursos naturales.
3.Realizará el mapeo integral de las tierras y territorios donde ancestralmente habitan los afrodescendientes y formulará políticas crediticias, en condiciones favorables, para la gestión productiva en esas tierras.
4.Diseñará acciones, con el fin de combatir la pobreza, defendiendo la sobre vivencia de los productores en sus territorios ancestrales en razón que tienen derecho a vivir, trabajarlas y así, proveer de sustento a sus familias.
5.Promoverá el reconocimiento efectivo de derechos territoriales ancestrales a los afrodescendientes, a fin de contribuir a su desarrollo económico, al fortalecimiento de su identidad cultural y garantizar su supervivencia como grupo étnico.
6.Promoverá el acceso de las afropanameñas a la tierra, al crédito y la propiedad.
7.Crear la LEY de PATRIMONIO COMUNITARIO para la concesión administrativa de las tierras ocupadas por las comunidades afrodescendientes / afropanameños de manera que a través de su respectivo Patronato puedan preparar y ejecutar planes y programas de desarrollo socio-económico y obtener recursos nacionales e internacionales para la inversión y/o auto-gestión.

ACCESO AL EMPLEO

1.Garantizará que la estructura de los planes nacionales de desarrollo, incorpore aspectos de generación de empleo en comunidades afropanameñas.
2.Apoyará la dinamización y el fortalecimiento de las empresas en las comunidades y, fundamentalmente, las creadas por mujeres y jóvenes.
3.Desarrollará y someterá a aprobación de la Asamblea la Ley que Castiga las Acciones Y Manifestaciones Raciales Discriminatorias en el Empleo, para el sector privado y/o público, con las penalidades correspondientes.  En particular eliminará la solicitud de fotos en las aplicaciones de empleo y castigará a los que publiquen anuncios que incluyan este requisito.
4.Fortalecerá la participación de organizaciones de la Etnia Negra en los Consejos Consultivos que se creen con apoyo de organismos como el BID, Banco Mundial y las instancias de sociedad civil a manera de alianza estratégica.
5.Creará un programa de generación de empleo, basado en la creación de empresas y el aprovechamiento de los recursos disponibles en su ambiente de vida.
6.Capacitará a las mujeres de las comunidades afropanameñas en la gestión de microempresas, apoyándolas con líneas de créditos especiales.
7.Establecerá comisiones tripartitas a nivel de los Ministerios de Trabajo con el fin de velar por el derecho al trabajo de los afro descendientes.
8.Diseñará, adoptará e implementará medidas especiales de capacitación para los que se desempeñan en el sector informal de la economía, propiciando la creación de micro, pequeñas y medianas empresas, la transferencia de tecnología, el acceso al crédito y la comercialización.
9.Propiciará la incorporación de afrodescendientes en cargos electivos y en puestos en todas las ramas del Poder Público.
10.Desarrollará investigaciones, estadísticas especiales destinadas a evaluar el grado de realización de todos los derechos humanos, tanto los civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales de los y las afro descendientes.
11.Promoverá los modelos participativos descentralizados para la progresiva incorporación de los y las afro descendientes en la toma de decisiones comunitarias.
12.Creará una Comisión Nacional de penados, procesados y liberados de Afropanameños, integrando representantes de los Ministerios de Gobierno y Justicia, y de Educación, de las Direcciones Nacionales de Cárceles, del Poder Judicial, de las Direcciones Nacionales del Empleo del  Ministerio de Trabajo y de las ONG de Afrodescendientes, que tengan como tarea revisar y diseñar programas de re-socialización, incluidos de rehabilitación y reinserción social y laboral.

PARTICIPACIÓN EN LA VIDA PÚBLICA

1.Gestionará la participación de una representación de Afropanameñ@s en futuras revisiones de la Constitución o Constituyentes, para que en la nueva Constitución se incluya todo lo necesario, en espíritu y en ley, que elimine toda forma de discriminación y garantice un régimen de igualdad real y efectiva entre todos los componentes étnicos del país, así como la sanción  a quien la incumple y la respectiva reparación a quienes la padecen.
2.Apoyará una legislación y la respectiva reglamentación del voto de los recluidos en los centros penitenciales que no han sido condenados.
3.Estudiará y definirá las cuotas especiales destinadas a favorecer la participación política y administrativa de los afrosdescendientes, incluyendo los mecanismos de financiamiento de las campañas políticas.
4.Instará a los partidos políticos a que respeten los sistemas de cuotas establecidos e instrumenten la aplicación de multas para aquellos partidos que no respeten los cupos.
5.Favorecerá la formación de afro descendientes para actuar como dirigentes políticos.
6.Instará a los partidos políticos a incluir en las plataformas y programas de campaña, la toma de posición acerca de las reivindicaciones de los y las afrodescendientes y las estrategias aplicadas para su realización.
7.Fomentará las reformas y ajustes a ley electoral para garantizar la representación de los afropanameños para ser electos en cargos de votación popular, ya sea a través de porcentajes o cuotas de participación.
8.Promoverá la participación de los jóvenes en las instancias de decisión a partir de mecanismos afirmativos, en todos los niveles.
9.Estimulará el acceso de los y las afro descendientes a espacios comunicativos en radio y televisión para que promuevan la consolidación de espacios de participación y promoción de derechos.

LA DISCRIMINACIÓN Y LA LEY

1.Mantendrá al corriente de los requisitos de presentación de informes relacionados con los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos y de eliminación de la discriminación racial y la aceptación de la competencia de los organismos internacionales para recibir y tramitar peticiones individuales.
2.Adecuará el sistema jurídico, adoptando las normas necesarias de tipo legal y reglamentario para dar efectividad plena a la protección de los derechos contemplados en los instrumentos internacionales vinculantes.
3.Propenderá una mayor capacitación y sensibilización de la sociedad civil, en particular de las víctimas de discriminación para fortalecer su capacidad en utilizar con mayor eficacia los mecanismos de protección y defensa de sus derechos humanos.
4.Impulsará la creación de espacios específicos destinados a recibir denuncias de discriminación en los ámbitos policial y judicial, incluida la consideración acerca de la creación de unidades especializadas de policía destinadas a dar respuesta rápida en estos casos.
5.Promoverá la igualdad racial en la formación de los profesionales universitarios, en particular aquellos dedicados al derecho, fomentando la diversidad e incentivando a los abogados para que asuman la defensa en casos de denuncia de discriminación racial.
6.Promoverá el nombramiento de afrodescendientes en los órganos de administración de justicia.
7.Asegurará servicios de asistencia letrada y ayuda, en forma gratuita, cuando proceda para la tramitación de las denuncias y otorgar mayores beneficios procesales para la obtención de la prueba.
8.Ampliará el ámbito de las legislaciones anti-discriminación para que puedan incidir en todas las áreas del derecho. Simplificará el proceso de denuncia, descentralizando los lugares destinados a la recepción de estas denuncias facilitando el acceso de todos y todas a los mecanismos de denuncia.
9.Perfeccionará los mecanismos legales y reglamentarios existentes, a efectos de cubrir las hipótesis donde la discriminación se produce por actos de omisión o políticas que generan un impacto discriminatorio.
10.Reconocerá el derecho a recibir reparación o indemnización a las víctimas de trato discriminatorio, incluyendo medidas de carácter compensatorio como el servicio comunitario a ser prestado a organizaciones de afrodescendientes por parte de quienes han sido declarados responsables de dicho trato discriminatorio.
11.Garantizará una amplia legitimación procesal para la presentación de denuncias y demandas por discriminación racial.
12.Realizará estudios sobre la tramitación de causas judiciales, relativas a discriminación racial y al tratamiento dispensado por las autoridades judiciales a los y las afro descendientes.
13.Difundirá la importancia del rol de los medios de comunicación en el combate al racismo y la discriminación racial.
14.Adoptará legislación que prohíba la discriminación racial en el ámbito privado.

MALOS TRATOS Y USO EXCESIVO DE LA FUERZA

1.Creará una Comisión Nacional integrada por los estamentos de seguridad de Estado y de la sociedad civil para eliminar el trato diferencial hacia los afropanameñ@s sobre la base de estereotipos y prejuicios étnicos y culturales.
2.Asegurará la formación y capacitación de los funcionarios dedicados al control migratorio para evitar las prácticas discriminatorias contra afro descendientes y otros grupos nacionales o étnicos, identificando si la eventual fuente de la discriminación reside en el marco legislativo o en la existencia de malas prácticas.
3.Capacitará a los funcionarios públicos, de todos los niveles, dedicados a tareas de seguridad pública, como la policía y las fuerzas armadas, incluidos los encargados de la custodia de cárceles, en materia de derechos humanos y respeto por la diversidad, incluyendo la participación de profesionales y organizaciones no gubernamentales de la etnia negra en los cursos a ser dictados.
4.Realizará evaluaciones periódicas del impacto de la capacitación en la reducción de los casos referidos a maltrato asociado a discriminación racial, en consonancia con las recomendaciones adoptadas en las declaraciones y programas de acción de la Conferencia Regional de Santiago y la Conferencia Mundial contra el Racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia de Durban.
5.Capacitará a los agentes de la seguridad privada y controlará el ejercicio de su servicio para evitar abusos de autoridad contra afrodescendientes.
6.Reducirá el período de detención administrativa y establecerá controles judiciales estrictos al respecto.
7.Revisará y removerá todos los decretos reglamentarios cualquiera sea su fuente legal destinados a regular el "permiso de admisión en el ingreso" a establecimientos públicos o privados que estén destinados a estigmatizar a los afro descendientes.
8.Alentará a los medios de comunicación social a sumarse al compromiso de lucha y combate contra el racismo y la discriminación, difundiendo las noticias que refieran a casos concretos de encarcelamiento, detenciones arbitrarias o ilegales, incomunicación prolongada, aislamiento y otras formas de trato humillante a los que pueden ser sometidos los y las afro descendientes.
9.Instrumentará, en la Comisión Nacional Contra la Discriminación,  la creación de bases de datos de las denuncias sobre detenciones ilegales con las referencias y condiciones de la víctima y adoptará procedimientos administrativos tendientes a la transmisión de estas denuncias al Colegio de Abogado para la protección de las garantías judiciales del debido proceso.
10.Implementará campañas de sensibilización dirigidas a las victimas de racismo para fortalecer la capacidad de denunciar los actos de tortura en la etapa de investigación policial.
SALUD
1.Asegurará el equilibrio del diseño de las Políticas Públicas para los Afropanameños a través de la utilización de instrumentos diversos (focalización, programas especiales, enfoque de riesgos, campañas especializadas, focalización restrictiva, subsidios, selección preferencial) adecuados a las diferentes áreas de salud (promoción, prevención, organización de sistemas y servicios, capacitación de personal, contratación de personal y calidad de la atención).
2.Introducirá el criterio étnico / racial en las actividades implementadas en pos de lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio dedicados a salud: reducción de 2/3 de la mortalidad de menores de 5 años entre 1990 y 2015, reducción de 3/4 de la mortalidad materna entre 1990 y 2015 y combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades para el mismo período.
3.Mejorará la accesibilidad a los programas especiales de prevención y atención de problemas de salud con alta incidencia entre los afrodescendientes tales como, entre otros grupos, la hipertensión, la diabetes, los miomas intrauterinos y, en especial la anemia falciforme.
4.Promoverá el diseño e implementación de programas especiales de "doble referencia" en los que se integre de manera balanceada la medicina occidental y los conocimientos holísticos propios a la "medicina popular" de las comunidades de afro descendientes.
5.Facilitará el acceso a los medicamentos para todos y todas.
6.Diseñará programas de salud que tomen en cuenta los diferentes grupos de edades, incluyendo una especial atención a las personas de la tercera edad.

EDUCACIÓN E IDENTIDAD CULTURAL

1.Desarrollará  programas de educación formal e informal que garanticen la alfabetización de niños, niñas y adolescentes afro descendientes en edad escolar correspondiente al ciclo básico y a la educación secundaria.
2.Dará prioridad a la educación para erradicar la pobreza y combatir el racismo y la discriminación racial, centrándose no sólo en el educando, sino también en la capacitación y sensibilización de las/los educadores para una nueva cultura de la no discriminación.
3.Eliminará las barreras existentes y promoverá acciones focalizadas al asegurar el acceso a todos los niveles de educación en escuelas y colegios tanto públicos como particulares a los y las afro descendientes.  Regulará el derecho de admisión a estos centros educativos para eliminar las prácticas discriminatorias que atentan contra la dignidad de los niños, niñas y jóvenes afrodescendientes.
4.Revisará e incluirá los programas y textos de historia africana y de los afro descendientes en América Latina y el Caribe y Panamá,  en todos los ciclos de la enseñanza formal.
5.Establecerá, actividades de investigación financiadas por el Estado y organismos internacionales a través del fideicomiso para documentar y corregir la exclusión de la participación de la Etnia Negra, los Afrodescendientes o Afropanameños en su justa dimensión y medida, a través de la historia.  Estas investigaciones serán publicadas e incorporadas a los planes de los centros educativos públicos y privados a todos los niveles, con la dignidad y respeto que la contribución se merece, para su reconocimiento y visibilización a nivel nacional, incluyendo destacar los personajes distinguidos desde la época colonial hasta la era republicana (hoy).  Estas acciones serán destinadas a promover la cultura de la igualdad étnico/racial y social, las raíces históricas y el aporte de los afro-descendientes a la nacionalidad panameña.
6.Promoverá acciones para que la producción cultural e intelectual de los y las afrodescendientes sea respaldada y que tenga las mismas posibilidades que el resto de los productores culturales en la promoción de su obra.
7.5. Impulsará programas para la formación de educadores en materia de investigaciones, estudios y formulaciones relativas a historia y cultura de las comunidades de afrodescendientes en América Latina y el Caribe y Panamá, apoyados en los especialistas afropanameños,  así como la  educación en Derechos Humanos y en el combate a todas las formas de discriminación.
8.Realizará campañas de sensibilización, información y divulgación de historia y cultura Africana y de las comunidades de afrodescendientes en América Latina,  el Caribe y Panamá así como de Derechos Humanos y del combate a todas las formas de discriminación.
9.Favorecerá la consulta a la sociedad civil en la formulación y diseño de programas de educación referidos a los y las afro descendientes.
10.Fortalecerá la educación no formal, a través del estímulo al trabajo de las instituciones que desarrollan actividades que promueven la identidad cultural y realizan programas de capacitación para la inserción en el mercado laboral de los y las afro descendientes.
11.Promoverá estudios sobre deserción del sistema educativo formal de los y las afro descendientes, desagregados por género.
12.Realizará acciones para favorecer una amplia promoción de los valores de la cultura de las comunidades afrodescendientes, eliminándose los obstáculos que pudieran existir en esa materia.
13.Realizará  trabajos específicos, cuando corresponda, sobre la lengua de comunidades afropanameñas.
14.12.Desarrollará programas de atención integral en la infancia con enfoque afro céntrico de manera que se afirme la identidad cultural a través de los patrones de crianza tradicionales.
15.Promoverá, en los ámbitos universitarios el otorgamiento de becas para las/los estudiantes afro descendientes a fin que tengan acceso real al sector educativo terciario.
16.Promoverá acciones para que se implementen programas educativos a todo nivel para erradicar las prácticas de discriminación y racismo.

RELIGIÓN

1.Reconocerá que Dios puede cambiar a las personas y las situaciones de racismo.
2.Reconocerá y dará consideración especial a las actividades que hagan visible y valoren la contribución religiosa de los afrodescendientes a nivel nacional, regional o internacional.
3.Reconocerá el papel central de la religiosidad de origen africano en sus sociedades, a través de acciones que aseguren el goce de la libertad de culto y la eliminación de la intolerancia religiosa en la sociedad panameña.
4.Promoverá acciones para que se implementen programas de educación a nivel de primaria, secundaria y universidad que contemplen la historia y religiosidad africana, presentes en Panamá, basada en estudios realizados por historiadores y especialistas africanistas.
5.Reconocerá y valorará las expresiones teológicas de religiosidad afro para ayudar a comprendernos a nosotros mismos, a los demás y a Dios.

VIVIENDA

1.Promoverá la recolección de información relativa a acceso a la vivienda desagregada por etnia/raza con consideración de género, ya que ello constituye un instrumento para definir el diagnóstico de la situación de desventaja relativa de las poblaciones afro descendientes, para diseñar los programas específicos de Políticas habitacionales, así como una base imprescindible para el monitoreo y la evaluación de impacto.
2.Tomará en cuenta para  la elaboración de sus políticas y programas de vivienda la especial situación de los y las afro descendientes, favoreciendo el diseño de políticas y programas específicos para ellos y ellas, con la participación de miembros de las comunidades, a fin de que se tengan en cuenta las necesidades y características especiales de ellas.
3.Tomará en cuenta en el diseño de políticas y programas de vivienda para afrodescendientes las consideraciones de género, la particular situación de la vivienda rural y se realicen estudios de calidad ambiental y de impacto de desastres naturales.
4.Tomará medidas legales específicas para combatir la discriminación de que son víctimas los y las afrodescendientes en el acceso a la vivienda, sobre todo en el arriendo de las mismas.
5.Realizará, cuando corresponda, el levantamiento integral de las tierras y territorios donde ancestralmente habitan los y las afrodescendientes y elaborará políticas crediticias en condiciones favorables para la gestión productiva de las mismas.
6.Favorecerá el establecimiento de fondos de garantía de alquiler a fin de impulsar el acceso a la vivienda de afrodescendientes, prestando especial atención a la situación de mujeres, jóvenes y hogares monoparentales.
7.Adoptará mecanismos legales y judiciales para evitar el desalojo forzoso de los y las afrodescendientes por razones fundadas en alguna forma de discriminación.
8.Tomará en cuenta en las políticas de vivienda rurales y urbanas dirigidas a poblaciones afro descendientes la necesidad de que se cuente con espacios recreativos a fin de eliminar el grave hacinamiento presente en los asentamientos de estas comunidades.

VOTO DE PANAMEÑOS EN EL EXTERIOR

1.Adoptará las medidas necesarias para implementar y regular el voto de los panameños en el exterior, para las elecciones presidenciales del 2009.
2.A partir de última década del siglo XX, nuestro país ha desarrollado un sistema electoral intachable y celebrado torneos electorales que han generado merecidos elogios de conocedores en la materia de toda la geografía mundial.  Nuestras autoridades electorales son justamente consultadas por las de otros países interesados en duplicar esta hazaña.  De hecho nuestro sistema electoral es hoy ejemplo digno de emular.
3.Sin embargo, en lo que respecta al voto para los nacionales en el exterior nuestro país ha quedado rezagado.  Un número importante de naciones de Norte, Centro y Sur América, además de Europa, permiten el voto de sus nacionales el exterior, en muchos casos a través de sus consulados.  Un ejemplo reciente fue el voto de italianos fuera de su país, durante las elecciones de ese país en abril del año en curso.
4.Ejercer este derecho beneficia tanto a los países como a sus ciudadanos en el exterior al mantener la relación de estos con su patria.  De hecho nuestro país se ha beneficiado significativamente del patriotismo de sus ciudadanos en el exterior, quienes mediante su militancia hicieron frente a la férrea resistencia de importantes sectores de los Estados Unidos a la aprobación de los Tratados Torrijos-Carter, cuya aprobación e implementación ha sido de beneficio indudable para la nación panameña. 
5.Si bien la ausencias del voto en el exterior no afecta exclusivamente a los afropanameños, una cantidad significativa de los connacionales fuera del territorio de la República que reclaman desde hace años este derecho pertenecen a la etnia negra e igual que panameños de otras etnias, sufren la disminución de sus derechos ciudadanos al no permitírseles su derecho a voto desde su país de residencia.


IV. INSTANCIA ESTATAL PARA LA EJECUCIÓN Y DE SEGUIMIENTO DEL PLAN

Creará, por Ley, una entidad pública a nivel de Estado, preferiblemente una Secretaría Nacional para el Desarrollo de los Afro-Panameños (SENADAP), con asignación presupuestaria, a partir del 1 de enero de 2007, para velar por el cumplimiento de la POLÍTICA GUBERNAMENTAL PARA LA INCLUSIÓN PLENA DE LA ETNIA NEGRA PANAMEÑA y coordinar todo lo relacionado con la implementación del presente PLAN PARA LA INCLUSIÓN PLENA DE LA ETNIA NEGRA PANAMEÑA.

Las funciones de esta Secretaría incluirán, además, el diseño y ejecución de una Encuesta Nacional Afro-Panameña, con la coordinación de la Contraloría General, para establecer de manera científica-social la identificación de la realidad de los afropanameños y sus comunidades; al igual que el análisis, diseño y desarrollo de proyectos y programas con el objeto de elevar la calidad de vida y fortalecer las comunidades afropanameñas y sus miembros mencionadas en el Plan.

Se crea, además, un Consejo Asesor conformado por representantes de la comunidad afropanameña quienes trabajarán ad honorem y en coordinación con la Secretaria, con el fin de mantener la comunicación entre el Estado y los ciudadanos de la Etnia Negra y asegurar una respuesta efectiva al problema de la exclusión.

Panamá, 5 de septiembre, 2007

SÍNTESIS
La Comisión propone la creación de una entidad del estado, preferiblemente una Secretaría Nacional para el Desarrollo de los Afro Panameños (SENADAP), adscrita a la Presidencia de la República, con presupuesto y vínculos orgánicos a las distintas entidades  estatales, para atender, diseñar e implementar las acciones descritas en el Plan de Acción adjunto que presentan las posibles soluciones a los problemas de desarrollo cultural, social, político y económico que impiden la inclusión plena de la etnia negra en la sociedad panameña.  Esta Secretaria trabajará en coordinación con un consejo asesor conformado por representantes de la comunidad afropanameña quienes trabajarán ad honorem.

La presentación de las acciones descritas es producto de los diversos debates, investigaciones y consultas con las comunidades afro-panameñas en las distintas regiones de la República de Panamá; y se detallan a continuación para la debida atención gubernamental.
COMISION ESPECIAL
PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA POLITICA GUBERNAMENTAL
PARA LA INCLUSION PLENA DE LA ETNIA NEGRA PANAMEÑA